Temis
En construcciónLegislación aduanera
Temis es el consultor de la legislación aduanera colombiana. Reúne en una pantalla lo que hoy está repartido en ocho portales, y dice qué hay que revisar antes de declarar, con la norma y la fecha al lado de cada dato.

No es una tabla de aranceles
El gravamen es una línea de la respuesta y casi nunca es la que decide. Lo que decide si la mercancía entra son la descripción mínima que exige la Resolución 57 de 2015 para su capítulo, los vistos buenos, el acuerdo comercial que aplique, la resolución de clasificación con que la autoridad resolvió un caso parecido y el régimen de importación.
Por eso cada subpartida se presenta con veintiún bloques, y se muestran todos, también los vacíos. «Se revisó y no hay» es información distinta de «no se revisó», y filtrar los vacíos convertiría una ausencia comprobada en una ausencia de comprobación.
Las cinco cosas que Temis no hace
No clasifica la mercancía. Muestra el árbol, las Reglas Generales Interpretativas y las notas de sección y capítulo, que son la norma con la que se clasifica. Clasificar exige conocer una mercancía física que Temis no ha visto, y el declarante responde por lo que declara.
No determina el valor en aduana. El liquidador calcula sobre las cifras que le den. La vinculación entre las partes, los descuentos, los cánones y los ajustes son un análisis de la operación concreta, y es donde nace la mayoría de los pleitos.
No acredita el origen. Dice qué exige cada acuerdo para usar un arancel preferencial, pero no emite certificados ni verifica que la mercancía califique.
No sustituye la fuente oficial. Entre que el Ministerio publica un decreto y Temis lo carga hay un intervalo, y en ese intervalo lo que rige es el decreto.
No emite conceptos ni dictámenes. Las clasificaciones vinculantes las emite la DIAN.
Lo que sí se compromete, porque es verificable
Cada dato lleva su fuente, con enlace a la norma que lo sostiene, y manda el Diario Oficial: una norma obliga desde que se publica, no desde que se firma.
Cada dato lleva su estado de revisión. Lo que interpretó un programa se marca como tal hasta que una persona lo apruebe, porque que una norma le aplique a una subpartida lo decidió un programa, no la norma.
Cuando no se puede dar una cifra, no se da: el liquidador no devuelve un total si hay algo que lo impide, devuelve la lista de qué falta.
Y queda constancia de lo que se mostró, para poder responder dos años después en qué se apoyó una decisión.
Una sola base para todos
La legislación aduanera es norma nacional, idéntica para quien la consulte. Una base por cliente serían noventa copias de lo mismo para actualizar cada quincena. Aquí hay una sola.
Los valores van separados del árbol y con fecha. Completar una subpartida es abrir una vigencia nueva, nunca sobrescribir la anterior: un dictamen se defiende con el valor que regía en la fecha del hecho.
¿Le sirve Temis?
Le mostramos lo que hay hoy, en vivo, y le decimos con franqueza qué le falta para su caso.
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